• Compraventa de una vivienda, ¿qué debería tener en cuenta?

    Antes de la elaboración de la escritura pública de compraventa, se puede firmar un contrato privado entre el comprador y el vendedor. El documento privado no es obligatorio ni inscribible en el Registro, pero la ley lo considera un contrato válido y obliga a cumplir todo lo que en él se recoja. Desde Lozano Notarios podemos asesorarle correctamente antes de firmar este documento previo y resolver sus dudas jurídicas a respecto. Muy a tener en cuenta es la escritura pública de compraventa. Ésta no es obligatoria para comprar o vender un inmueble, salvo que se contrate un préstamo hipotecario para adquirirlo. Sin embargo, la inmensa mayoría de los ciudadanos elige acudir al notario para realizarla por su fehaciencia y seguridad jurídica. En el acto de firma de la escritura pública, ¿qué haríamos en Lozano Notarios?

    • Comprobamos la identidad, capacidad y legitimación de vendedor y comprador
    • Exponemos el estado de cargas que pesan sobre la vivienda
    • Confirmamos el pago de las cuotas de la comunidad
    • Solicitamos el justificante del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y el número de referencia catastral de la vivienda para comprobar su correspondencia con la escritura del vendedor, advertimos a las partes de las discrepancias y cambiamos la titularidad de los próximos recibos del IBI
    • También, notificamos a las partes sus obligaciones legales y en especial los deberes fiscales derivados de la compraventa,
    • Explicamos el reparto de los gastos de la operación entre las partes y
    • Gestionamos el pago de los diferentes gastos que conlleva la escritura pública, si las partes nos lo solicitan.

    Fuente: Consejo general del Notariado